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Deportaciones

“Si un juez cancela mi deportación, ¿qué debo hacer?” Respondemos tus preguntas de inmigración

En junio de 2021 Mario K. ganó un caso de cancelación de deportación y no le han enviado la green card. Asegura que la corte le dijo que le haría llegar un documento, pero abogados respondieron que cuando hay sentencia, el tribunal avisa automáticamente al servicio de inmigración. En esta serie de artículos con respuestas a nuestros s sobre temas de inmigración te recomendamos el Examen para la Ciudadanía en inglés y español. Practica aquí las preguntas.
Publicado 13 Sep 2022 – 12:02 PM EDT | Actualizado 13 Sep 2022 – 12:02 PM EDT
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Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS). Crédito: Joe Raedle/Getty Images

Mario K., que pidió mantener su verdadero nombre en el anonimato, batalló legalmente por sus derechos de permanencia durante cuatro años (entre 2017 y 2021). En junio del año pasado un juez de inmigración falló a su favor en un proceso de cancelación de deportación por medio de un Formulario 42B (pedido de cancelación de deportación). Desde entonces está esperando una notificación porque nadie le dijo lo que tenía que hacer tras la sentencia.

“Soy Mario K. y estoy en un proceso migratorio desde el año 2017”, explica a través de un correo electrónico. “Estaba peleando mi caso (y) en el mes de junio del año 2021 terminó mi corte final, en Houston" (Texas).

“Gané mi caso, (de cancelación de deportación por medio de) la aplicación (Formulario) 42B. Entonces, la jueza solo me dijo que cuando pudiera me iba a mandar el certificado de mi caso, (que) estaba ganado y así podía ir a sacar mi residencia, que por ahora siguiera con mi permiso de trabajo hasta que ella me mandara el papel”.

Mario K. agrega: “Pero ya va más de un año y no me ha dado nada. No sé si puedo hacer algo y tengo que seguir esperando o si hay alguna manera de saber cuánto tiempo dura ese proceso para que la juez me mande el papel. Sólo me dijo que otorgaban 3,500 residencias cada año, pero van 2 temporadas y no he sabido nada. Y no sé qué hacer. ¿Sigo esperando o puedo hacer algo?”

Respondemos a estas y otras consultas sobre inmigración que nos llegan a la redacción de Univision Noticias. Puedes enviarnos la tuya a: [email protected] .

Distintos escenarios

Abogados consultados por Univision Noticias mencionaron la existencia de varios escenarios relacionados con el caso de Mario K.

“Si el juez se pronunció durante la audiencia final en julio del año pasado, ya emitió una sentencia”, dice José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida. “El caso ya tiene una decisión”.

A la pregunta qué debe hacer el inmigrante, Guerrero dijo que “tiene que hacer una cita con el servicio de inmigración para que le den la residencia legal permanente (green card)”.

“Cuando vaya a la cita, debe indicar la fecha de la audiencia final y la sentencia del juez para que la Oficina de Ciudadanía y Servicio de Inmigración (USCIS) verifique si recibió las notificaciones correspondientes al dictamen del caso y proceda con el otorgamiento de la tarjeta verde”.

Verifique si hubo errores

Los abogados también mencionan, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la emisión de la sentencia, “que haya existido un error burocrático que tiene demorado el cumplimiento de la sentencia”, dice Jaime Barrón, quien ejerce en Dallas, Texas.

“El que el juez falló a favor de Mario K., ese día la corte le otorgó la residencia permanente”, agregó. “Pero a veces por errores, burocracia o istrativos, se producen retrasos en la transferencia de la decisión de la corte a USCIS, agencia federal encargada de otorgar la green card”.

Barrón dijo que Mario K. “puede ir al tribunal donde se produjo la sentencia a su favor y solicitar un duplicado de la orden de cancelación de deportación emitida por el juez. Y luego con ese duplicado ir al servicio de inmigración y averiguar si recibió la orden de emitir la tarjeta verde”.

“A veces se tarda. Hubo muchas demoras durante la pandemia. Por eso es bueno presionar. Y si la orden llegó, pero no le han enviado la tarjeta, puede también reclamar y pedir un duplicado de la green card por medio del Formulario I-90”, apuntó.

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Busque consejo legal

Barrón dijo además que, una vez se produce una sentencia favorable durante un juicio de cancelación de deportación mediante el Formulario 42B, “el proceso que sigue es automático. El juez (tribunal) le ordena a la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) que la persona ganó el caso y, a su vez, ICE le ordena a USCIS que emita la green card. Pero a heces por fallos en la línea de comunicación la tarjeta de residencia no se emite”.

Pero Barrón también advirtió que, si la persona tiene dudas respecto al caso y no tiene claro el escenario tras el fallo y el inmigrante cree o piensa que el juez falló a su favor, pero no le ha llegado la green card y ya pasó más de un año, “busque consejo legal para que un abogado revise su caso y se asegure que efectivamente el tribunal de inmigración falló a su favor”.

“Puede darse el caso que la sentencia no fue favorable y el inmigrante, por no tener dominio del idioma o desconocer el debido proceso migratorio, debió haber apelado una sentencia desfavorable y no lo hizo en tiempo”, apuntó.

“Por eso mi consejo es buscar consejo legal para tener una radiografía clara y exacta del caso. Y buscar los recursos legales disponibles, ya sea para reclamar la green card o defender los derechos de permanencia en Estados Unidos”, precisó Barrón.

Para qué sirve el Formulario 42B

“Si una persona indocumentada tiene 10 años o más en Estados Unidos, carece de antecedentes criminales y demuestra que su deportación causará un sufrimiento extremo a un familiar inmediato, califica para pedir la cancelación de deportación por medio del formulario EOIR-42B”, explica Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.

El Departamento de Justicia (DIJ) indica que los extranjeros elegibles para la cancelación de deportación deben establecer ante un juez de inmigración que:


  • Antes de recibir una Notificación de Comparecencia (NTA), ha mantenido una presencia física continua en Estados Unidos durante diez (10) años o más;
  • Ha sido una persona de buen carácter moral;
  • No ha sido condenado por un delito criminal que lo haya convertido en inisible; y
  • Su deportación resultaría en dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para su cónyuge, padre o hijo ciudadano o residente permanente legal.

También califica si:

  • Ha sido golpeado o sometido a una crueldad extrema por parte de su cónyuge o padre ciudadano o residente permanente legal;
  • O si usted es el padre de un hijo de un ciudadano de Estados Unidos o residente permanente legal y el niño ha sido maltratado o sometido a crueldad por parte de dicho padre ciudadano o residente permanente legal;
  • Antes de la NTA ha mantenido una presencia física continua en Estados Unidos durante tres (3) años o más y ha sido una persona de buen carácter moral;
  • No es inisible según la Ley de Inmigración (INA);
  • No ha sido condenado por un delito grave con agravantes según se define la INA; y
  • Su deportación resultaría en dificultades extremas para usted o su hijo que es hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente.

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